ÚLTIMO PROTOCOLO PARA GOLFISTAS DURANTE EL COVID-19

Ante muchas dudas recibidas de nuestros jugadores y profesionales, queremos resumir el protocolo y las medidas actualizadas por la Junta de Andalucía y la Real Federación Andaluza de Golf, para cumplir las normas y al mismo tiempo conocer las restricciones vigentes para el sector del golf.

En el BOJA extraordinario num. 73, del viernes, 30 de octubre de 2020, se publicó la Orden de 29 de octubre de 2020, de la Consejería de Salud y Familias. En este Boletín Oficial de la Junta de Andalucía se legislan los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención de la COVID-19. A continuación, os compartimos la infografía de la Junta segmentada por fases (haz click aquí para ver el Boja)

Sobre los desplazamientos entre provincias y comunidades en Andalucía

Respecto a las limitaciones a la movilidad establecidas en el Decreto del Presidente 9/2020, de 8 de noviembre de 2020, existen dudas sobre si los jugadores pueden o no trasladarse para sus competiciones. A continuación te resumimos las preguntas frecuentes respondidas para tu conocimiento:

¿Se pueden abrir los campos de golf?

Sí. En cualquier zona de Andalucía. Sin embargo, en las zonas que estén en nivel 4 grado 2 -actualmente, la provincia de Granada- se podrá abrir la instalación deportiva, pero no así su restaurante y pro-shop. Puede consultar las fases en las que se encuentra cada comunidad en mapacovid.es

¿Hay limitación horaria a los campos de golf andaluces?

La limitación horaria a las 18:00 horas no afecta a los campos de golf para la realización de actividad física al aire libre. Esta limitación sí afectaría a los servicios de restauración y pro-shop.

¿Qué sucede con las competiciones?

En toda Andalucía se pueden organizar todo tipo de competiciones, salvo en aquellas áreas que se encuentren en nivel 4 grado 2 (actualmente, provincia de Granada) donde no podrán organizarse competiciones para edades inferiores a 16 años y competiciones no federadas.

En golf, cualquier competición que se celebre en un campo federado, será una competición federada.

¿Qué significa realizar actividades deportivas federadas de competición oficial?

Estar federado y participar en una competición oficial federada, como deportista, entrenador, juez o árbitro, incluyendo también los entrenamientos, conforme a infografía explicativa publicada por la Junta de Andalucía.

¿Qué es una competición oficial federada?

Según la Ley del Deporte Andaluz, son aquellas competiciones declaradas como tal por la federación deportiva correspondiente, e incorporadas al calendario aprobado por la Asamblea General de la Federación. Ejemplos de competiciones oficiales incluyen tanto el Estrella Damm Andalucía Valderrama Masters, como los Circuitos Senior, Femenino, de 5ª categoría, etc.

¿Qué se entiende por entrenamiento?

Cualquier actividad que realice un jugador federado en una instalación deportiva federada y que tenga por objeto la preparación para la competición oficial.

¿Debo llevar la licencia física?

Conforme al Decreto de Presidencia 9/2020 de 8 de noviembre, el jugador federado acreditará tal condición exhibiendo su licencia federativa, ya sea la licencia física, o a través de la app de la Real Federación Española de Golf.

¿Qué jugadores componen la categoría absoluta?

Todos aquellos jugadores federados de 18 años o más son considerados jugadores de categoría absoluta, según el protocolo.

Soy un jugador federado menor de 18 años. ¿Puedo desplazarme para entrenar o competir?

No. El protocolo establece que sólo podrás entrenar o competir en campos de golf que se encuentren dentro de tu mismo municipio.

Puedes consultar también el MANUAL DE DEPORTE ANDALUZ 2020-2021 para conocer las normas de seguridad en todo el ámbito deportivo en Andalucía.